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INFORMACION PRÁCTICA PARA LA ADHESION DE LA
IMSO
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La adhesión a la IMSO no representa carga financiera
para los Estados Miembros, ya que el presupuesto de la organización se
financia a través de las contribuciones de las compañías proveedoras de
servicios de telecomunicaciones.
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Los Estados Miembros no asumen responsabilidades
por su participación en la IMSO, ya que el artículo 14 de su convenio
expresamente determina que las Partes, en su calidad de tales, no serán
responsables de los actos y obligaciones de la Organización o los
Proveedores de servicios de comunicaciones.
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La adhesión a la IMSO debe hacerse mediante ratificación, aceptación,
aprobación o adhesión al Convenio constitutivo de la Organización
Internacional de Telecomunicaciones Móviles por Satélite enmendado en 2008,
mediante el depósito del correspondiente instrumento de ratificación
aceptación, aprobación o adhesión ante el Secretario General de la
Organización Marítima Internacional (OMI), con sede en Londres, que es el
depositario de dicho Convenio.
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La entrada en vigor del Convenio para un nuevo Estado Miembro se produce
a partir de la fecha de depósito del instrumento de ratificación aceptación,
aprobación o adhesión.
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Asimismo procede la ratificación aceptación, aprobación o adhesión del
Protocolo de privilegios e inmunidades de la Organización Internacional de
Telecomunicaciones Móviles por Satélite depositando ante el Director de la
IMSO mediante el correspondiente instrumento de ratificación aceptación,
aprobación o adhesión.
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La entrada en vigor del Protocolo de privilegios e inmunidades de la
Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por Satélite se
producirá a los 30 días de la fecha de ratificación aceptación, aprobación o
adhesión del mismo.
MODELO DE INSTRUMENTO DE ADHESION AL CONVENIO DE LA IMSO EN SU
FORMA ENMENDADA
ESCUDO OFICIAL
INSTRUMENTO DE ADHESION DE [NOMBRE DEL PAIS]
AL CONVENIO DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES MOVILES POR SATELITE
POR CUANTO el Convenio constitutivo de la Organización
Internacional de Telecomunicaciones Marítimas por Satélite (INMARSAT), adoptado
en Londres el 3 de septiembre de 1976, entró en vigor de conformidad con su
artículo 33, párrafo (1), el 16 de julio de 1979;
POR CUANTO en su duodécima sesión, la Asamblea de INMARSAT
adoptó las enmiendas estructurales al Convenio INMARSAT;
POR CUANTO dichas enmiendas estructurales al Convenio
entraron en vigor el 31 de julio de 2001, mediante las cuales,
inter alia, se adoptó el
nombre de la Organización como Organización Internacional de Telecomunicaciones
móviles por Satélite (IMSO);
POR CUANTO la decimoctava Asamblea de
la IMSO adoptó en 2008 nuevas enmiendas al Convenio de la Organización Internacional de
Telecomunicaciones móviles por Satélite que entraron en vigor en base a su
aplicación provisional desde el 6 de octubre de 2008;
POR CUANTO el artículo 18(1) del Convenio de la IMSO
enmendado establece que todo estado podrá constituirse en Parte del Convenio;
POR TANTO, en nombre de [NOMBRE DEL PAIS], Yo, _____________
[nombre], Jefe del Estado/Ministro de [________], en virtud de las facultades
conferidas, dispongo la adhesión de [NOMBRE DEL PAIS] al Convenio de la
Organización Internacional de Telecomunicaciones móviles por Satélite (IMSO).
EN FE DE LO CUAL expido y firmo el presente documento de adhesión, en [lugar
y fecha]
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